Cualquiera de nosotros podemos solicitar, acceder y recibir información pública de los órganos de la Administración del Estado de forma gratuita y sin necesidad de contar con patrocinio letrado. La Constitución Nacional y la Ley 27.275 garantizan este derecho.
Es toda la que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien los sujetos obligados según Ley 27.275. Pueden ser mensajes, acuerdos, directivas, estudios, informes, oficios, normas, partes de expedientes, correspondencia oficial, actas, boletines o cualquier otra información escrita, fotográfica, grabada, en cualquier tipo de soporte (magnético, digital u otro).
a) La Administración Pública Nacional, conformada por la administración central y los organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las instituciones de seguridad social;
b) Las empresas y sociedades del Estado que abarcan a las empresas del Estado, las sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias;
c) Las empresas y sociedades en las cuales el Estado nacional tenga una participación minoritaria, pero sólo en lo referido a la participación estatal;
d) Concesionarios, permisionarios y licenciatarios de servicios públicos o concesionarios permisionarios de uso del dominio público, en la medida en que cumplan servicios públicos y en todo aquello que corresponda al ejercicio de la función administrativa delegada; y contratistas, prestadores y prestatarios bajo cualquier otra forma o modalidad contractual;
e) Instituciones o fondos cuya administración, guarda o conservación esté a cargo del Estado nacional;
f) Fideicomisos que se constituyeren total o parcialmente con recursos o bienes del Estado nacional;
g) Los entes cooperadores con los que la administración pública nacional hubiera celebrado o celebre convenios que tengan por objeto la cooperación técnica o financiera con organismos estatales;
h) El Banco Central de la República Argentina;
i) Los entes interjurisdiccionales en los que el Estado nacional tenga participación o representación;
j) Los concesionarios, explotadores, administradores y operadores de juegos de azar, destreza y apuesta, debidamente autorizados por autoridad competente.
Te permite conocer y evaluar el desempeño de tu gobierno, su organización interna y el manejo de los recursos públicos y así participar de manera informada en los asuntos públicos e incidir en la toma de decisiones.
Acceder a más información permite mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, construir un diálogo informado entre gobernantes y gobernados y garantizar el efectivo ejercicio de los derechos. De este modo, se desarrolla una democracia transparente, legítima y eficiente.
Si, el trámite es simple, podes presentar la SOLICITUD POR ESCRITO ya sea personalmente ante el Organismo o por correo, o bien a través de medios electrónicos enviando el FORMULARIO. Solo debes consignar tu identidad y datos de contacto e indicar la información que deseas, procurando que sea lo más clara y precisa posible. No es necesario que nos cuentes porque solicitas la información.
La solicitud de información debe responderse en un plazo no mayor a QUINCE (15) días hábiles administrativos, que puede ser prorrogado en forma excepcional por otros QUINCE (15) días hábiles de mediar circunstancias que hagan razonablemente difícil reunir la información solicitada.