Defensoría del Pueblo de la Nación

La Defensoría Del Pueblo de la Nación contribuyó para que los tratamientos de Pubertad Precoz sean reconocidos dentro del P.M.O con cobertura del 100%

Recientemente se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 3437/2021 del Ministerio de Salud de la Nación que incorporó con cobertura del 100% a los análogos de la gonadotrofina para los pacientes bajo tratamiento de Pubertad Precoz Central.

La Defensoría Del Pueblo de la Nación contribuyó para que los tratamientos de Pubertad Precoz sean reconocidos dentro del P.M.O con cobertura del 100%

En los últimos meses la Defensoría del Pueblo de la Nación recibió un importante número de denuncias de padres y madres de niñas y niños que habían sido diagnosticados durante la pandemia con “Pubertad Precoz”, un fenómeno biológico a partir del cual desarrollan los carácteres sexuales secundarios, se alcanza la madurez sexual y se obtiene la talla adulta de manera anticipada, algo que provoca no sólo consecuencias físicas, sino también psíquicas en los menores afectados.

Afortunadamente existen tratamientos medicamentosos para contrarrestar estos efectos en las niñas y los niños. Sin embargo, hasta hoy, eran prácticamente inaccesibles para las familias, puesto que su precio de mercado alcanzaba los $200.000 por dosis y, generalmente, se requieren dos aplicaciones anuales por una duración de entre dos y ocho años.

Esta injusta limitación en el derecho de acceso a la salud de niñas y niños con esta condición médica por motivos económicos, motivó que esta INDH se pronunciara de manera categórica a través de las Resoluciones Nº 00065/21 y 00088/21 sobre la importancia de que las autoridades públicas y privadas garanticen la cobertura integral -100%- de estos tratamientos de manera ininterrumpida. Asimismo, se establecieron comunicaciones con las autoridades del Ministerio de Salud de la Nación para transmitirles el posicionamiento de la Defensoría respecto de esta problemática y la necesidad de que los tratamientos médicos sean incorporados al Programa Médico Obligatorio en el plazo más breve posible.

Finalmente, y por Resolución Nº 3437/21 del Ministerio de Salud Nacional, el pasado 06/12/21 se incorporó la cobertura del 100% de los medicamentos para los diagnósticos de Pubertad Precoz Central, representando, en la práctica, la obligación de las Obras Sociales Nacionales y Empresas de Medicina Prepaga, de garantizar que estos tratamientos sean iniciados de manera oportuna e ininterrumpida por todas aquellas niñas y niños que así lo requieran para preservar su salud y lograr un desarrollo armónico acorde a su edad biológica.

En el siguiente link podrás leer de manera completa la normativa que dictó el Ministerio de Salud de la Nación: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/253977/20211206

 

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