Defensoría del Pueblo de la Nación

Dificultad para autorizar afiliación de conviviente - DAS

Siguiendo el art. 16 de la Ley Nº 15.414, que habilita a los cónyuges a ser parte de la cobertura de un/a afiliado/a, esta Defensoría recomendó a la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación (DAS) que incorpore al conviviente de una afiliada titular.

En marzo de 2024 se presentó una ciudadana para denunciar que su obra social Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación (DAS) no autorizaba la afiliación de su conviviente, que es un trabajador autónomo y no trabaja en instituciones públicas o privadas en las que existan servicios asistenciales de afiliación obligatoria. Es decir que no existían impedimentos para que la DAS rechazara dicha afiliación y esta persona tenía el derecho de acceder a la cobertura. 


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