Defensoría del Pueblo de la Nación

Incumplimiento de la Ley Nº 25.673 - Métodos Anticonceptivos - APROSS

La Defensoría del Pueblo de la Nación se pronunció en favor de una adolescente de la provincia de Córdoba a quien su obra social no le brindaba cobertura integral del método anticonceptivo de su libre elección (implante subdérmico).

En el mes de abril de 2022 se recibió la presentación de una ciudadana de la provincia de Córdoba, quien en representación de su nieta de 17 años de edad manifestaba que su obra social - APROSS - negaba la cobertura integral -100%- del método anticonceptivo de su elección (implante subdérmico). En razón de ello desde esta INDH se cursaron pedidos de informes al agente de salud, obteniendo como respuesta que el implante seleccionado no estaba dentro de su vademécum. Asimismo, indicaron que el resto de los métodos anticonceptivos tenían una cobertura del 30%. En virtud de ello, la Defensoría del Pueblo de la Nación recomendó a la Obra Social APROSS que de cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 25.673 y Ley Nº 9.099 garantizando la cobertura integral -100%- del implante subdérmico.


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