Nº 143/05 Asoc. Para la defensa, aplicación y realizacion de los derechos fundamentales.
13 de febrero de 2005
De una parte, el Deensor del Pueblo de la Nacion Argentina D. Eduardo Rene Mondino con DNI 12612665 y con direccion en la calle Montevideo 1244, DP 1018 de la Ciudad de Buenos Aires, Republica Argentina, telefono 54 011 4819-1611 y fax 54 011 4819- 1613
Y de otra, D. Antonio Rovira Viñas, con DNI 39127409, con direccion en la Plaza Conde Miranda, 4.1º-6 28005 de Madrid, actuando en nombre y representacion de la Asociacion para la defensa, aplicacion y realizacion de los derechos fundamentales (DAR)en su condicion de Presidente.
Convienenlos siguientes acuerdos:
Que en esta fecha, el Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina y la Asociacion para la Defensa, Aplicacion y Realizacion de los Derechos Fundamentales, a partir de ahora Asociacion D.A.R. suscriben en este acto el presente Convenio para promover y potenciar conjuntamente la realizacion de proyectos de cooperacion especificos.
El Defensor del Pueblo de la Nacion y la Asociacion D.A.R: acuerdan elaborar y presentar conjuntamente a la Agencia Española de Cooperacion Internacional AECI un proyecto de cooperacion, en la convocatoria abierta y permanente de ayudas para actividades del año 2004, con el titulo PROMOCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO( ARGENTINA)
Que el objetivo que se detalla en el proyecto presentado a la AECI y que las dos partes manifiestan conocer y compartir, pretende promover la defensa de los Derechos de los Pueblo Indigenas Tonocote (Surita) que habitan en la Provincia de Santiago del Estero a traves de la capacitacion intercultural y las actuaciones del Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina.
Que el Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina ha participado activamente en el diseño deñ proyecto y lo dirigira conjuntamente con la Asociacion DAR mediante el nombramiento por cada parte de un director que seran los responsables de su ejecucion.
Que el objeto del trabajo que se detalla en el proyecto presentado a la AECI y que las dos partes manifiestan conocer y compartir, pretende promover la defensa de los Derechos de los pueblos indigenas Tonocote (Surita) que habitan en la Provincia deSantiago del Estero a traves de la capacitacion intercultural y las actuaciones del Defensor del Pueblo de la Nacion.
Que la Asociacion DAR es la encargada de la presentacion a la AECI del citado proyecto y tambien de la presentacion de los informes parciales y finales.
El Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina junto con la Asociacion DAR se encargaran de administrar y justificar las cantidades recibidas de la AECI en concepto de ayuda para la realizacion del proyecto solicitado.
Una vez concedida la ayuda y dentro de los 20 dias siguientes a la notificacion de su concesion, se celebrara la primer reunion de los dos directores del proyecto quienes se haran cargo de las ayudas concedidas, concretaran y planificaran su desarrollo, nombraran lo tecnicos y colaboradores necesaros y se distribuiran las cantidades concedidas en concepto de ayuda de acuerdo con los trabajos comprometidos a cada uno de ellos.
Los directores en esta primera reunion tambien decidiran y se encargaran de contratar los proveedores y entidades con las que se comprometeran las partidas presupuestarias como viajes, compra de ordenadores, etc. Tambien se concretaran las tareas y trabajos de cada una de las personas que se vayan a trabajar en el proyecto. Para ello,el Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina y la Asociacion DAR se intercambiaran los datos de las respectivas cuentas bancarias que se abriran al efecto para distribuir los fondos necesarios para el desarrollo de sus respectivas obligaciones.
Como maximo cada seis meses, las dos entidades deberan justificar los gastos que se vayan realizando y mantendran reuniones conjuntas para analizar y valorar el desarrollo del proyecto.
Cualquier duda o cuestion que surja en el desarrollo del proyecto o en la autorizacion del gasto se tendra que resolver por los dos directores del proyecto y en su caso por el titular de la Defensoria del Pueblo de la Nacion Argentina y el Presidente de DAR.
Y en prueba de su conformidad, firman el presente Convenio Marco para el desarrollo del proyecto de cooperacion denominado PROMOCION Y DEFENSA DE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN LA PROVINCIA DE SANTIAGO DE ESTERO (ARGENTINA) en Madrid el 13 de febrero de 2005.
Por parte del Defensor del Pueblo de la Nacion
Eduardo MondinoAntonio Rovira
Defensor del PuebloAsociacion DAR
de la Nacion
Y de otra, D. Antonio Rovira Viñas, con DNI 39127409, con direccion en la Plaza Conde Miranda, 4.1º-6 28005 de Madrid, actuando en nombre y representacion de la Asociacion para la defensa, aplicacion y realizacion de los derechos fundamentales (DAR)en su condicion de Presidente.
Convienenlos siguientes acuerdos:
Que en esta fecha, el Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina y la Asociacion para la Defensa, Aplicacion y Realizacion de los Derechos Fundamentales, a partir de ahora Asociacion D.A.R. suscriben en este acto el presente Convenio para promover y potenciar conjuntamente la realizacion de proyectos de cooperacion especificos.
El Defensor del Pueblo de la Nacion y la Asociacion D.A.R: acuerdan elaborar y presentar conjuntamente a la Agencia Española de Cooperacion Internacional AECI un proyecto de cooperacion, en la convocatoria abierta y permanente de ayudas para actividades del año 2004, con el titulo PROMOCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO( ARGENTINA)
Que el objetivo que se detalla en el proyecto presentado a la AECI y que las dos partes manifiestan conocer y compartir, pretende promover la defensa de los Derechos de los Pueblo Indigenas Tonocote (Surita) que habitan en la Provincia de Santiago del Estero a traves de la capacitacion intercultural y las actuaciones del Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina.
Que el Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina ha participado activamente en el diseño deñ proyecto y lo dirigira conjuntamente con la Asociacion DAR mediante el nombramiento por cada parte de un director que seran los responsables de su ejecucion.
Que el objeto del trabajo que se detalla en el proyecto presentado a la AECI y que las dos partes manifiestan conocer y compartir, pretende promover la defensa de los Derechos de los pueblos indigenas Tonocote (Surita) que habitan en la Provincia deSantiago del Estero a traves de la capacitacion intercultural y las actuaciones del Defensor del Pueblo de la Nacion.
Que la Asociacion DAR es la encargada de la presentacion a la AECI del citado proyecto y tambien de la presentacion de los informes parciales y finales.
El Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina junto con la Asociacion DAR se encargaran de administrar y justificar las cantidades recibidas de la AECI en concepto de ayuda para la realizacion del proyecto solicitado.
Una vez concedida la ayuda y dentro de los 20 dias siguientes a la notificacion de su concesion, se celebrara la primer reunion de los dos directores del proyecto quienes se haran cargo de las ayudas concedidas, concretaran y planificaran su desarrollo, nombraran lo tecnicos y colaboradores necesaros y se distribuiran las cantidades concedidas en concepto de ayuda de acuerdo con los trabajos comprometidos a cada uno de ellos.
Los directores en esta primera reunion tambien decidiran y se encargaran de contratar los proveedores y entidades con las que se comprometeran las partidas presupuestarias como viajes, compra de ordenadores, etc. Tambien se concretaran las tareas y trabajos de cada una de las personas que se vayan a trabajar en el proyecto. Para ello,el Defensor del Pueblo de la Nacion Argentina y la Asociacion DAR se intercambiaran los datos de las respectivas cuentas bancarias que se abriran al efecto para distribuir los fondos necesarios para el desarrollo de sus respectivas obligaciones.
Como maximo cada seis meses, las dos entidades deberan justificar los gastos que se vayan realizando y mantendran reuniones conjuntas para analizar y valorar el desarrollo del proyecto.
Cualquier duda o cuestion que surja en el desarrollo del proyecto o en la autorizacion del gasto se tendra que resolver por los dos directores del proyecto y en su caso por el titular de la Defensoria del Pueblo de la Nacion Argentina y el Presidente de DAR.
Y en prueba de su conformidad, firman el presente Convenio Marco para el desarrollo del proyecto de cooperacion denominado PROMOCION Y DEFENSA DE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN LA PROVINCIA DE SANTIAGO DE ESTERO (ARGENTINA) en Madrid el 13 de febrero de 2005.
Por parte del Defensor del Pueblo de la Nacion
Eduardo MondinoAntonio Rovira
Defensor del PuebloAsociacion DAR
de la Nacion