Defensoría del Pueblo de la Nación

La Defensoría del Pueblo de la Nación firmó Convenio de Cooperación con la Sociedad Argentina de Pediatría

El Subsecretario General a cargo del Defensor del Pueblo de la Nación, Juan José Böckel, firmó un Convenio de Cooperación Técnica con la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP), representada por su Presidente, Pablo Moreno, para potenciar la promoción, cultura, defensa y protección de los Derechos Humanos.

La Defensoría del Pueblo de la Nación firmó Convenio de Cooperación con la Sociedad Argentina de Pediatría

De la reunión también participaron Miguel Javier Indart de Arza, Vicepresidente de la SAP, Tomás Dadic, Jefe del Area de Relaciones Institucionales e Interior y Maximiliano Nitto, a cargo del Area de Salud, Acción Social, Educación y Cultura de la Defensoría nacional.

El presente convenio se celebró en el marco del “Programa de Seguimiento y Evaluación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Agenda 2030” del Defensor del Pueblo de la Nación, en función del Objetivo 17, meta 17.17 de fomento y promoción de alianzas eficaces en las esferas públicas, público-privada y de la sociedad civil.

Por ello, y con el ánimo de conformar funcionalmente una interacción entre las partes, las mismas  deciden establecer esta relación y potenciar la promoción, cultura, defensa y protección de todos los derechos inherentes, celebrando el Convenio de Cooperación Técnica sujeto a las siguientes cláusulas:

1.     Asistencia recíproca para el tratamiento de temas inherentes a la competencia de las Partes promoviendo, a este fin, el intercambio de información, documentación técnica y bibliográfica de mutuo interés.

2.     Diseño de proyectos que permitan a las partes trabajar en red sobre temas de interés común, en especial en asistir y defender los derechos y la seguridad ciudadana y, en especial la de niños, niñas y adolescentes.

3.      Diseño de estrategias y organización de campañas de promoción sobre los mecanismos nacionales, provinciales y municipales de protección de los derechos e intereses comunes a las partes.

4.      Promoción de la legislación y las prácticas nacionales y provinciales, en armonía con los instrumentos internacionales de derechos humanos, para lograr su efectiva aplicación.

A efectos del cumplimiento de las acciones mencionadas, las Partes acuerdan:

1.      Establecer grupos de trabajo interinstitucionales, y cuando sea necesario, reuniones regionales (presenciales o virtuales) que faciliten el cumplimiento del objeto de este convenio.

2.      Ceder, cuando sea necesario y en lo posible, en forma gratuita espacio físico y apoyo logístico en cada una de las sedes de las Partes para facilitar la resolución de las cuestiones propias de su competencia y para promover un intercambio más efectivo en el cumplimiento de las finalidades institucionales.

3.       Definir un programa de actividades de capacitación para personal de ambas Partes promoviendo, asimismo, cooperación institucional en foros nacionales e internacionales.

4.      Editar en forma periódica material de interés para las Partes.

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