Defensoría del Pueblo de la Nación

Nº 153/07 Fundación General de la Universidad de Alcalá

Reunidos:
De una parte:
La Defensoría del Pueblo de la Nacion Argentina, debidamente representada por D. Eduardo Rene Mondino, Defensor del Pueblo, de nacionalidad argentina, que a fines y consecuencias del presente documento se denominara la DP.
Y de la otra parte:
La Fundacion General de la Universidad de Alcala, debidamente representada por D. Virgilio Zapatero Gomez, Presidente de la Fundacion General de la Universidad de Alcala, de nacionalidad española, que a fines y consecuencias del presente documento se denominara la FGUA.

Preambulo:
Considerando : Que la FGUA, a traves del Centro de Iniciativas de Cooperacion al Desarrollo, esta llevando a cabo, en colaboracion con la Federacion Iberoamericana de Ombudsman ( secgun consta en el Convenio suscrito al efecto, de fecha 23 de abril de 2002) el PROGRAMA REGIONAL DE APOYO A LAS DEFENSORIAS DEL PUEBLO EN IBEROAMERICA ( en adelante, (PRADPI), cofinanciado por la Agencia Española de Cooperacion Internacional.

CONSIDERANDO: Que el PRADPI tiene como objetivo fortalecer y modernizar las Defensorias de la Federacion Iberoamericana de Ombudsman para contribuir a afianzarla gobernabilidad democratica y el respeto a los derechos humanos, consolidar el estado de derecho y promover la transparencia institucional.

DECLARAN:
pRIMERO; Que la FGUA, a traves de su Centro de Iniciativas de Cooperacion al Desarrollo y la DP desean mantener relaciones de cooperacion y asistencia que contribuyan a fortalecer y mejorar la defensa y promocion de los derechos humanos en el ambito iberoamericano.
Segundo: Que ambas instituciones cuentan con recursos de diversa naturaleza que permitan aunar esfuerzos para celebrar un convenio de cooperacion interinstitucional que logre el avance y la consolidacion de los propositos y fines de ambas.
Tercero: Que el objetivo general del presente convenio es mejorar la capacidad tecnica y de gestion de las oficinas del Ombudsman en el ambito iberoamericano, mejorando el desempeño de sus agentes y por ende la autoridad del Defensor.

PROTOCOLO ADICIONAL nº 1
De desarrollo del Convenio Marco de Cooperacion Interinstitucional entre la Defensoria del Pueblo de la Nacion Argentina y la Fundacion General de la Universidad de Alcala.
A la vista de lo dispuesto en el articulo segundo del Convenio Marco de Cooperacion Interinstitucional entre la Defensoria del Pueblo de la Nacion Argentina ( en adelante , la DP) y la Fundacion General de la Universidad de Alcala (en adelante FGUA) segun el cual los programas proyectos, y las actividades que se desarrollen al amparo de dicho Convenio seran incorporados al mismo a traves de los correspondientes Protocolos Adicionales.

Ambas Partes:
DECIDEN suscribir el presente Protocolo Adiiconal con el fin de regular el acceso al sistema de becas de los Cursos en linea sobre derechos humanos del PRADPI, y por ello:

ACUERDAN:
Primero: Desplegar esfuerzos conjuntos en la asignacion y seguimiento de las becas de los Cursos en linea
Segundo: Para la ejecucion de las becas, la FGUA se compromete:
a) A facilitar la financiacion de la realizacion de los cursos en linea sobre los derechos humanos .
b) A becar en la cuantiamaxima de las previstas con caracter general ( inicialmente se calcula un promedio del 80% de la matricula) a aquellos funcionarios seleccionados por la DP para los Cursosen linea sobre derechos humanos (una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de acceso para cada uno de los Cursos) siempre dentro de las disonibilidades presupuestarias del PRADPI y de acuerdo con los cupos que dicho Programa en su caso pueda establecer.
c) A proveer la asistencia necesaria par a la gestion de las becas.
D) A facilitar y apoyar el trabajo del personal del DP, asi como a mantener con dicha Institucion comunicacion constante para la planificacion , seguimiento y evaluacion de los alumnos y alumnas becados.
e) A enviar al concluir cada curso a la DP las calificaciones y diplomas de los alumnos y alumnas becados asi como los diplomas acreditativos.
Tercero- Para la ejecucion de las becas, la DP se compromete:
a) A dar a conocer entre sus funcionarios los Cursos en linea sobre los derechos humanos mediante un enlace de su portal institucional al portal www.potalfio.org o mediante otros sistemas de difusion.
b) A seleccionar, conforme a los requisitos de acceso de cada Curso, y enviar a la FGUA el listado de funcionarios aaaspirantes a beca, con los datos requeridos para cada Curso, todo ello con 10 dias de antelacion al inicio de los mismos.
c) A coordinar y enviar en un pago unico la cantidad a abonar en concepto de matriculacion de los alumnos y alumnas seleccionados.
d) A facilitar el trabajo del personal de la FGUA y de los colaboradores de la misma en la realizacion de los Cursos asi como a mantener comunicacion constante con la FGUA par ala planificacion seguimiento y evaluacion de las becas otorgadas.
e) A facilitar la realizacion de los Cursos por los funcionarios seleccionados y a valorar positivamente su realizacion de la forma que la DP considere mas oportuna dentro de su politica de promocion profesional.
f) A mencionar espresamente el patrocinio de la Agencia Española de Cooperacion Internacional (AECI) en todos los carteles informativos materiales impresos y divulgativos que generen las actividades contempladas en el presente Protocolo.

Cuatro) Las instituciones que suscriben designaran cada una de ellas un enlace que dara seguimiento a este Protocolo
Quinto. Las instituciones que suscriben se comprometen a informarse mutuamente de otros planes proyectos cursos o actividades no contempladas en el presente Protocolo y que realicen en relacion con la formacion en la linea sobre derechos humanos.
Sexto. Este Protocolo coomenzara su vigencia el mismo dia de su firma y tendra una duracion de dos años . Se prorrogara automaticamete segun lo contemplado en ela rticulo octavo del Convenio Marco de Cooperacion Interinstitucional.
Septimo: El presente Protocolopodra terminarse por mutuo acuerso de las partes o darse por terminado por cualquiera de ellas mediante notificacion escrita o a otra, con antelacion no menor a dos meses . En ese caso las actividades que se encuentren en cursode realizacion o comprometidas con terceros vincularan a las partes hasta su culminacion.

De conformidad con lo que antecede en ejercicio de las facultades de que son titulares cada uno de los firmantes suscriben este acuerdo en doble ejemplar identico, en Madrid a veintidos de junio de dos mil siete.

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