Defensoría del Pueblo de la Nación

BOLETÍN DE NOVEDADES CUENCA MATANZA RIACHUELO Nº 4

Cuenca Matanza - Riachuelo
EVALUACIONES DEL DPN (CUERPO COLEGIADO) SOBRE EL GRADO DE AVANCE EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN PARA LA CUENCA MATANZA RIACHUELO

- 16 de marzo de 2011. Audiencia pública en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El Adjunto I a cargo del Defensor del Pueblo de la Nación y de la coordinación del Cuerpo Colegiado, Anselmo A. Sella, expuso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en relación al grado de avance en el cumplimiento del programa establecido en el fallo del 8 de julio de 2008 para la recomposición ambiental de la cuenca Matanza - Riachuelo, la mejora en la calidad de vida de sus habitantes y la prevención de daños.

En primer lugar, celebró la realización de audiencias públicas en la causa judicial por cuanto dan publicidad a las acciones que se realizan en el proceso de ejecución de sentencia y brindan información sustantiva a la población.

En cuanto al cumplimiento del fallo, señaló que “pasado dos años y medio desde que se comenzó con el Plan de Saneamiento fijado en la sentencia, todos los plazos dispuestos se encuentran vencidos y, si bien existen muchos proyectos, hay muchos incumplimientos al programa de acciones que estableció la CSJN”.

A partir de su balance reconoció aquellas tareas en marcha que implicaron iniciar un camino de acción posterior a la intervención de la CSJN, formulando asimismo observaciones a las mismas a efectos de avanzar en el logro de los objetivos del fallo.

Dentro de las consideraciones generales llamó la atención respecto al grado de improvisación evidenciado en el accionar de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) durante los primeros años posteriores a su creación. Etapa en la que se produjeron sucesivos cambios de autoridades y se discontinuaron acciones, lo que “provocó demoras que debieron haberse evitado”.

A su vez, realizó una evaluación sintética de los distintos temas abordados en el programa de la sentencia, cuyo cumplimiento es obligatorio para el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes deben ejecutar las acciones previstas y obtener los resultados establecidos por intermedio de la ACUMAR.

Entre los ítems que presentan mayores retrasos puntualizó a la adopción de un Sistema Internacional de Medición del cumplimiento de los objetivos de la sentencia, el Saneamiento de los Basurales, la adecuación ambiental del Polo Petroquímico de Dock Sud y la presentación de informes trimestrales sobre la Calidad del Aire en la cuenca.

Sobre el Sistema Internacional de Medición el Dr. Sella manifestó que "se presentaron 3 propuestas, con fundamentos y lineamientos totalmente distintos, que fueron elaboradas y evaluadas por distintos profesionales, para ser luego abandonadas; esto produjo grandes pérdidas de tiempo y esfuerzo, que esperamos no vuelva a suceder y que impidieron disponer de un sistema de indicadores confiables”.

Sobre la transparencia de la información, sostuvo que "muchas veces llega a conocimiento del juzgado y luego al Cuerpo Colegiado información desactualizada, parcial o inútil, con lo que se obstaculiza la tarea de control de esta Defensoría."

Acerca de los basurales señaló que "los avances registrados en este punto son casi inexistentes, lo cual motivara la imposición de una multa al Presidente de la ACUMAR. Los basurales, lejos de disminuir, aumentan. El relevamiento da cuenta de que el número se elevó desde 141 en el 2009 a 348 en diciembre de 2010, o sea un 146%, y de los 33 basurales erradicados a julio de 2010 (última información disponible), se constató que al menos 9 de ellos se volvieron a formar. Por otra parte, no hay ninguna acción para destacar respecto a la relocalización de las personas que habitan sobre los basurales, y hasta el presente ni siquiera se ha elaborado un censo que identifique a las mismas."

Cuando se refirió al Polo Petroquímico de Dock Sud, el Adjunto I a cargo del Defensor del Pueblo dijo que "sigue manteniendo su misma complejidad de actividades industriales, de servicios y habitacionales que al momento de dictarse la sentencia. Mientras tanto, los habitantes de Villa Inflamable, víctimas de la contaminación, reciben hoy agua en bidones de modo irregular, con precintos violados o con fechas de vencimiento expiradas según los testimonios que pudimos recoger."

En cuanto a los informes sobre la calidad del aire, se aseguró que "hasta el presente no se ha realizado ninguna campaña de medición que abarque a la totalidad de la cuenca, y tampoco se ha planificado un sistema permanente de medición, interpretación e información al respecto".

Respecto a los otros aspectos contemplados en el fallo de la CSJN se precisó, en relación al Control de la Contaminación de origen Industrial, que si bien se destacan las numerosas acciones que expusieron los representantes de la ACUMAR, como el re-empadronamiento de industrias, las mismas "resultan insuficientes e inconsistentes, por cuanto si bien se ha progresado en los procedimientos administrativos de control, la política de control de la contaminación industrial no garantiza el cese de los vertidos y emisiones contaminantes en la cuenca”. "En cuanto a la fiscalización de industrias, a diciembre de 2010 no se inspeccionó a la totalidad de las empresas existentes en la cuenca, por lo tanto no se ha identificado a la totalidad de los agentes contaminantes que deberán reconvertirse. De las 19.259 industrias registradas se inspeccionó tan solo al 30% (5.777 empresas), de las cuales un 8% fueron declaradas como "agente contaminante" (467) y ninguna finalizó el proceso de reconversión".

Al referirse a la urbanización de villas y asentamientos precarios la Defensoría del Pueblo afirmó que "no se conocen los relevamientos realizados ni se han presentado los padrones de las personas a ser asistidas, por lo que no resulta posible evaluar si los planes existentes resultaran suficientes”.

En este aspecto se hizo mención especial a la problemática habitacional de numerosas personas que requieren ser relocalizadas en el ámbito de la cuenca. "Se trata de sectores pobres, en situación de precariedad laboral, víctimas de la exclusión. Grupos en condiciones de vulnerabilidad a quienes se les debe garantizar sus derechos por medio de la intervención del Estado. Las personas que serán relocalizadas y desplazadas por una necesidad ambiental del conjunto de la sociedad no pueden terminar en peor situación que la que tenían antes de ese traslado. Además tienen derecho a hacer valer sus derechos individuales en un proceso justo ante la jurisdicción" agregó el Dr. Sella.

Ver video completo de la exposición en
http://www.youtube.com/watch?v=6UgPArLRSso&feature=player_embedded
Ver resumen de la exposición presentado ante la CSJN en
http://www.dpn.gob.ar/riachuelo.php?ms=area3&id=01

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02 de marzo de 2011. Se puso en conocimiento del Juzgado Federal de Quilmes las actividades de control de cumplimiento del Plan. En particular, respecto a la recorrida realizada por el camino de sirga, con especial énfasis en la zona denominada “La Salada” y las viviendas existentes en las márgenes del río.

- 22 de febrero de 2011. El Defensor del Pueblo manifestó la opinión del Cuerpo Colegiado sobre la presentación efectuada por la Cámara Argentina de la Arena y Piedra en relación a la liberación del camino de sirga.
En tal sentido, señaló que existen razones suficientes para la limitación del dominio ribereño tal como lo prevé el Código Civil, las cuales en concordancia con el paradigma de la sustentabilidad y el derecho a un ambiente sano consagrados en el art. 41 de la Constitución Nacional, justifican desde una perspectiva ambiental en la que se incluyen variables sociales, urbanas y ecológicas la necesidad de garantizar la accesibilidad al río y los arroyos tributarios.
Ver escrito completo en
http://www.dpn.gob.ar/main.php?cnt=101&ms=area3

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16 de febrero de 2011. Opinión sobre el informe trimestral del estado del agua superficial, las napas subterráneas y el aire de la cuenca.
En el escrito, se evaluó lo presentado por la ACUMAR a la luz de lo dispuesto por la CSJN y por el juez de ejecución, concluyéndose que no dio cumplimiento a lo ordenado. Ello por cuanto los datos presentados no fueron acompañados por una interpretación que permita comprender la información sobre la calidad del agua de la cuenca, y dado que aún se carece de estudios de calidad del aire en la totalidad de la cuenca.
Ver escrito completo en
http://www.dpn.gob.ar/main.php?cnt=101&ms=area3

REUNIONES
DEL CUERPO COLEGIADO
- 10 de febrero de 2011. Reunión ordinaria en la Defensoría del Pueblo de la Nación.
Temas: i) Fortalecimiento institucional de Ia ACUMAR; ii) Documentos estratégicos sobre el Polo Petroquímico de Dock Sud y el Plan Maestro para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos; iii) Ordenamiento Ambiental del Territorio. Situación de los bañados de Rocha; iv) Urbanización de villas y asentamiento precarios en la traza del camino de sirga. Resumen de la navegación por el Riachuelo, realización de una recorrida por el camino de sirga; v) Procedimiento para la realización de relocalizaciones de viviendas.
Posteriormente se recibió a un grupo de vecinos del partido de Lomas de Zamora miembros de las siguientes organizaciones: Foro Hídrico local, feriantes de la ribera, Foro Vecinal de la Seguridad, Asociación de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores, y Cooperativa La Salada. Se debatió en torno a la situación de la zona denominada “La Salada”, recibiéndose documentación al respecto.

- 03 de febrero de 2011. Reunión ordinaria en la Defensoría del Pueblo de la Nación.
Temas: i) Salud. Informe preliminar sobre el ENUDPAT 2010; ii) Vivienda. Situación de la C.A.B.A., asentamiento en Esteban Echeverría; iii) Camino de Sirga en el partido de Lomas de Zamora, situación de la feria en La Salada; iv) Agua potable. Problemática del barrio Miró en el partido de Lomas de Zamora; v) Preservación de los espacios verdes estratégicos de la cuenca (Bañados de Rocha, Laguna Sta. Catalina, etc.); vi) Pedido de informes por inspecciones, agentes contaminantes y PRIs; vii) Análisis en torno al plan GIRSU de la ACUMAR.

REUNIONES CON ACTORES DE LA CUENCA
- 09 de marzo de 2011. Audiencia Pública por el Saneamiento de la cuenca Matanza Riachuelo en la Comisión de Derechos Humanos y Garantías de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Nación.
03 de marzo de 2011. Recorrida del Cuerpo Colegiado por el camino de sirga en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires.
- 21 de febrero de 2011. Recorrida del Cuerpo Colegiado por los Bañados de Rocha en compañía de vecinos y miembros del "Colectivo Ecológico Unidos por Laguna de Rocha Reserva Natural YA". Posteriormente se visitó el camino de sirga en la C.A.B.A.
- 04 de enero de 2011. Recorrida por el Municipio de Almirante Brown a efectos de conocer el proceso de relocalización de personas que habitan sobre la margen del Arroyo San Francisco, en el asentamiento 2 de Abril, localidad de Rafael Calzada.

OTROS HECHOS DE INTERÉS
Resoluciones del Juzgado Federal de Quilmes
- 23 de marzo de 2011. Expte. 26/09 sobre agua potable y saneamiento cloacal en la Cuenca Alta y Merlo. Requiere la elaboración de un Plan Director de Agua Potable y Saneamiento Cloacal para la Cuenca Alta y el partido de Merlo que detalle las obras de infraestructura y los convenios para que exista un solo prestador (30/06/11). Para ello ordena la presentación de bases de datos actualizadas respecto a dichos servicios y el fortalecimiento de la empresa ABSA. Asimismo, exige la colaboración de los intendentes municipales, la intervención del ENOHSA y la asistencia técnica de AySA.
http://www.cij.gov.ar/nota-6477-Riachuelo--piden-que-se-presente-un-plan-integral-sobre-la-provision-de-agua-potable-y-cloacas.html

- 21 de marzo de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios, Legajo de Actuaciones 01/25 sobre ocupación de predio en las calles Lafuente, Castañares y Portela -Villa Soldati-. Constata la continuidad del incumplimiento de la manda judicial de desalojo y requiere al Min. de Desarrollo Social de la Nación que identifique a los ocupantes e informe sobre los mismos, al presidente de la ACUMAR y al jefe de gabinete delGCABA que asignen las viviendas del predio para luego proceder a entregar la posesión de las mismas aunque no se haya cumplido todavía con el desalojo, y a la CABA que presente un informe sobre el estado de avance de los complejos habitacionales comprometidos para la relocalización de asentamientos.
http://www.cij.gov.ar/nota-6456-Riachuelo--piden-que-se-identifique-a-quienes-se-encuentran-en-el-predio-de-Bajo-Flores.html

- 16 de marzo de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios, Legajo de Actuaciones 01/25 sobre ocupación de predio en las calles Lafuente, Castañares y Portela -Villa Soldati-.
http://www.cij.gov.ar/nota-6430-Riachuelo--se-detectaron-nuevas-usurpaciones-y-el-juez-Armella-amplio-la-orden-de-desalojo.html

- 13 de marzo de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios, Legajo de Actuaciones 01/25 sobre ocupación de predio en las calles Lafuente, Castañares y Portela -Villa Soldati-.
http://www.cij.gov.ar/nota-6398-Riachuelo--el-juez-Armella-volvio-a-ratificar-la-orden-de-desalojo.html

- 11 de marzo de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios, Legajo de Actuaciones 01/25 sobre ocupación de predio en las calles Lafuente, Castañares y Portela -Villa Soldati-.
http://www.cij.gov.ar/nota-6394-Riachuelo--el-juez-Armella-ratifico-la-orden-de-desalojo-y-advirtio-que-habria-mas-multas.html

- 09 de marzo de 2011. Expte. 16/09 sobre informes trimestrales de calidad del agua y aire de la cuenca..

- 09 de marzo de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios, Legajo de Actuaciones 01/25 sobre ocupación de predio en las calles Lafuente, Castañares y Portela -Villa Soldati-.
http://www.cij.gov.ar/nota-6365-Casas-tomadas--Armella-ordeno-el-desalojo-y-multo-a-la-Secretaria-de-Seguridad-de-la-Nacion.html

- 01 de marzo de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios. Luego de una nueva inspección ocular por el camino de sirga advierte logros y avances (extracción de basura del espejo de agua, trabajo de cooperativas en las márgenes del río, corrimiento de empresas, obras viales y limpieza); sin embargo puntualiza nuevas construcciones sobre el talud del río. En particular, dos nuevas construcciones precarias a la altura del viejo Puente Pueyrredón del lado de la CABA. Requiere un mecanismo que prevea contingencias o nuevos obstáculos a efectos de que no se paralicen los planes en ejecución, reiterando la intimación para que se presente un relevamiento de todas las construcciones informales o precarias sobre el talud o la margen del río. Exige que se reelabore el Plan Integral de Prevención y Seguridad, debiendo contemplar una red de patrullaje y monitoreo a lo largo de todo el camino de sirga y por medio del cual se evite fehacientemente el ingreso de materiales de construcción, volquetes con escombros y demás.
http://www.cij.gov.ar/nota-6302-Riachuelo--exigen-el-control-de-los-margenes-para-evitar-la-instalacion-de-nuevos-asentamientos.html

- 01 de marzo de 2011. Expte. 01/09, Legajo de Actuaciones "ACUMAR s/ EMBARCACIONES y OTROS".
http://www.cij.gov.ar/nota-6354-Riachuelo--ordenan-retirar-dos-buques-abandonados.html

- 22 de febrero de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios. Aprueba los cronogramas del plan excepcional para relocalizaciones en el talud del río y camino de sirga. Para ello exige un fuerte trabajo de concientización social y coordinación entre las jurisdicciones. Requiere que en los 5 días de operados los vencimientos estipulados en los cronogramas ACUMAR acredite fehacientemente el cumplimiento de las obligaciones. Por su parte, habida cuenta de la existencia de asentamientos aislados sobre la sirga que no se incluyen dentro de los planes, solicita un plan para dichas contingencias y un relevamiento de las construcciones existentes. Asimismo, pone en cabeza de los Ministerios de Seguridad las tareas de prevención respecto a nuevas ocupaciones y preservación de los predios recuperados.
http://www.cij.gov.ar/nota-6240-Fijaron-un-cronograma-para-la-relocalizacion-de-asentamientos-en-la-cuenca-del-Riachuelo.html

- 22 de febrero de 2011. Expte. 17/09 sobre limpieza de márgenes, legajo de actuaciones nº 15/17 caratulado "Predio sito en calle San Antonio nº 1279". Destaca que la empresa CICSA liberó el predio mencionado, el cual se encuentra lindante a una zona problemática (Villa 21-24) por lo que resulta indispensable no solo continuar con la liberación del camino de sirga, sino también preservar los espacios impidiendo nuevas construcciones, deterioros y obstáculos en los mismos. Establece que el Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA es quien debe asegurar las medidas de seguridad y preventivas en el predio, por lo que intima al Jefe de Gabinete de Ministros del GCABA a proceder de tal forma bajo apercibimiento de multa ($500 x día).
http://www.cij.gov.ar/nota-6238-Riachuelo--intiman-al-Gobierno-porteno-a-preservar-un-predio.html

- 16 de febrero de 2011. Expte. 17/09 sobre limpieza de márgenes, legajo de actuaciones nº 16/17 embarga preventivamente por $ 200.000 a la empresa Supermercados Mayoristas Makro S.A. en relación a la liberación del camino de sirga. Asimismo procede a la anotación de litis y difiere el tratamiento del allanamiento para la oportunidad en que se cumpla con lo ordenado.

- 16 de febrero de 2011. Expte. 17/09 sobre limpieza de márgenes, legajo de actuaciones nº 17/17 embarga preventivamente por $ 2.000.000 a la empresa SIAT S.A. en relación a la liberación del camino de sirga. Asimismo procede a la anotación de litis y difiere el tratamiento del allanamiento para la oportunidad en que se cumpla con lo ordenado.

- 10 de febrero de 2011. Expte. 17/09 sobre limpieza de márgenes, legajo de actuaciones nº 15/17 embarga preventivamente por $ 100.000 a la empresa CICSA en relación a la liberación del camino de sirga. Asimismo procede a la anotación de litis y difiere el tratamiento del allanamiento para la oportunidad en que se cumpla con lo ordenado.

- 07 de febrero de 2011. Expte. 22/09 sobre Plan Sanitario de Emergencia. Traslado al CC sobre el informe de avances en el Plan Sanitario de Emergencia.

- 03 de febrero de 2011. Expte. 17/09 sobre limpieza de márgenes. Señala que el fallo manda transformar toda la ribera en un área parquizada y que sin embargo el Juzgado corroboró la existencia de gran cantidad de camiones de carga y otros circulando y estacionados en la misma. Requiere una organización del tránsito vehicular con controles permanentes, señalizaciones y que no se permita más el ingreso de caminones para carga o descarga de mercaderías, evitar la detención y circulación de todo tipo de automotores y/o obstaculizaciones.

- 03 de febrero de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios. Intima a la CABA (Macri y Aboud) a reformular el plan de relocalizaciones en el camino de sirga a efectos de reducir los plazos (en 10 días), en caso de incumplimiento la ACUMAR debe garantizar los medios y fondos necesarios para ello.

- 01 de febrero de 2011. Expte. 25/09 sobre urbanización de villas y asentamientos precarios. Declara la validez de los censos presentados respecto a los asentamientos de la CABA: El Pueblito -210 flias en 113 casas-, Luján -78 flias en 58 casas, de las que 44 flias y 20 casas están sobre la sirga-, Villa 26 -215 flias en 138 casas- y Magaldi -158 flias en 118 casas- (Legajo 201). Afirma que no es aceptable la no garantía de la veracidad o exactitud de la información por parte de la ACUMAR.

- 20 de enero de 2011. Expte. 01/09, Legajo "ACUMAR s/ embarcaciones y otros", sobre LMR. Habilita la feria judicial y resuelve en relación a los buques y barcos abandonados en el curso del Riachuelo. Se diferencian 3 situaciones: i) buques desguazados por sus propietarios: se los intima a realizar la tarea con anterioridad al 26/02/11 y 10/02/11 bajo apercibimiento de que lo haga ACUMAR a su costo; ii) buques con cuestión judicial pendiente: se reafirma la competencia del JFQ y se ordena a Prefectura Naval Argentina a proceder a su extracción y puesta a seco hasta tanto se resuelvan los recursos causas existentes; iii) buques subastados y a retirar por los nuevos dueños: se intima a los adquirentes a retirarlo. Asimismo se ordena una constatación judicial para evaluar el proceso de desguace al que debe comparecer y determinar las etapas cumplidas y pendientes la ACUMAR (26/01/11 a las 13hs.). Tiene presente un informe de Prefectura Naval Arg. sobre las condiciones actuales de navegabilidad, frecuencia del tránsito, características de las embarcaciones que ingresan a la zona del Riachuelo y demás datos relacionados.
http://www.cij.gov.ar/nota-6014-Riachuelo--la-Justicia-federal-apura-la-remocion-de-buques-inactivos.html

- 10 de enero de 2011. Expte. 17/09, Legajo 11/17 sobre limpieza de márgenes, ordena un allanamiento para liberar el camino de sirga en el predio ubicado sobre el talud que separa el Riachuelo de la Av. 27 de febrero a la altura de la prolongación de la calle Agustín de Vedia en la C.A.B.A. Autoriza al Comité Operacional CMR a diligenciar las medidas.
http://www.cij.gov.ar/nota-5989-Riachuelo--desalojaron-dos-predios-por-orden-de-la-Justicia-federal.html

- 06 de enero de 2011. Expte. 17/09, Legajo 9/17 sobre limpieza de márgenes, ordena un allanamiento para liberar el camino de sirga en la desembocadura del Arroyo Unamuno (40 mts. Pasando la calle Larrazabal), en Lomas de Zamora, Pcia. Buenos Aires.
http://www.cij.gov.ar/nota-5958-Riachuelo--desalojaron-un-predio-por-orden-de-la-Justicia-federal.html

Audiencias del Juzgado Federal de Quilmes
- 10 de marzo de 2010. Audiencia Judicial en la Cuenca Baja.
- 25 de febrero de 2010. Audiencia Judicial en la Cuenca Media.
- 24 de febrero de 2010. Audiencia Judicial sobre agua potable y saneamiento cloacal en la Cuenca Alta.
- 16 de febrero de 2010. Audiencia Judicial sobre embarcaciones en el curso del río.
- 05 de enero de 2011. Audiencia Judicial sobre el cumplimiento de los objetivos del fallo.

Para consultar más información ingresar en http://www.defensor.gov.ar/ sección Área Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable - Matanza Riachuelo.


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