Defensoría del Pueblo de la Nación

Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable

En función del trámite, entre otras, de la actuación 8318/15, caratulada ‘Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Salud Sexual y Reproductiva’, y de acuerdo con el Objetivo 3. Garantizar una vida sana y promover el bienestar en todas las edades. 3.7. Para 2030, garantizar el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los de planificación de la familia, información y educación, y la integración de la salud reproductiva en las estrategias y programas nacionales, se dispuso el inicio de las actuaciones vinculadas con el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.

En orden a la labor realizada se solicitó a la Subsecretaria de Atención Primaria de la Nación, que informase si en el ámbito del Ministerio se ha considerado el dictado de un acto administrativo por el que se apruebe el denominado “Protocolo para la Atención de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo”.

Habiendo establecido que la situación no se modificó se dispuso dirigir un exhorto al Ministerio de Salud de la Nación para que otorgue la jerarquía correspondiente al “Protocolo para la Atención de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo”, dictando el acto administrativo correspondiente a ese ámbito, según corresponda, o bien proponiendo el dictado de un decreto que permita mostrar el cumplimiento de las directrices dirigidas al Estado Nacional por los organismos internacionales, en pos de la defensa y protección de los derechos humanos de las mujeres.

Se adjunta para vuestro conocimiento en Formado PDF el texto respectivo.


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