Defensoría del Pueblo de la Nación

Reunión de la Defensoría del Pueblo de la Nación con el Ministro de Ambiente y la ACUMAR por la cuenca Matanza Riachuelo.

Cuenca Matanza - Riachuelo

El Cuerpo Colegiado, coordinado por la Defensoría del Pueblo de la Nación, se reunió con el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Rab. Sergio A. Bergman, y el Consejo Directivo de la ACUMAR, para impulsar las actividades necesarias para cumplir el fallo de la CSJN que persigue mejorar la calidad de vida, recomponer el ambiente y prevenir daños en la cuenca Matanza Riachuelo.

 

La Defensoría expuso ante las autoridades los contenidos del Informe Especial publicado a siete años de la sentencia judicial, y solicitó la adopción de medidas urgentes para atender los déficits institucionales, en el control de las fuentes de contaminación y en el acceso a bienes y servicios que inciden en el desarrollo humano, que persisten en la cuenca.

 

Al respecto, presentó los siguientes lineamientos y medidas urgentes, sobre los cuales el Ministro Bergman se comprometió a trabajar en un proceso abierto y participativo.

 

LINEAMIENTOS

a) Institucionalidad                  

Para revertir las falencias de la ACUMAR en el liderazgo de la política y la gestión ambiental de la cuenca, así como la ausencia de instrumentos ordenadores que guíen –efectivamente- las actividades hacia el logro de los objetivos dispuestos, es prioritario:

1) Definir el alcance de las facultades y competencias de la ACUMAR, y su articulación con las restantes jurisdicciones de la cuenca.

- No deben soslayarse el amplio ámbito de intervención que le reconoce la ley 26.168, ni su prevalencia ante otras concurrentes (arts. 5º y 6º). Tampoco los instrumentos previstos en la ley 25.675.

- La autoridad de cuenca debe definir políticas de ordenamiento ambiental del territorio a través de un abordaje integral que permita articular instrumentos urbanísticos y ambientales con los mecanismos de gestión del suelo, ampliación de servicios e infraestructura, medidas de protección, re-desarrollo y/o de renovación y operatorias de urbanización y de vivienda. Simultáneamente, debe intervenir en todos los proyectos que puedan tener incidencia regional dentro de la cuenca.

- En casos en los cuales la ejecución de las actividades competa a otras jurisdicciones u organismos, debe prever mecanismos de coordinación, rendición de cuentas, control, sanción y resolución de controversias.

2) Dotar a la ACUMAR de capacidades para asumir dicho liderazgo.

- Deben preverse arreglos presupuestarios para el corto, mediano y largo plazo que garanticen la continuidad de las acciones en el tiempo.

- También es preciso implementar mecanismos que garanticen una conducción técnica del organismo y funcionarios con aptitudes pertinentes para afrontar sus tareas.

3) Formular un Plan de Recomposición Ambiental de la cuenca Matanza Riachuelo integral, estable, eficaz, informado y participativo.

- La planificación debe definir: I) escenarios de recomposición ambiental; II) objetivos generales y particulares; III) líneas de base; IV) metas intermedias y finales; V) actividades y responsables; VI) plazos de ejecución; y VII) financiamientos.

- También debe contemplar un sistema de monitoreo que garantice: I) acceso a la información pública sobre todas las políticas, planes y proyectos, su implementación, y el estado ambiental de la cuenca; II) indicadores de resultado para cada uno de los objetivos, metas y actividades; III) un sistema participativo de rendición de cuentas (audiencias públicas periódicas).

- Deben instrumentarse instancias participativas para el debate de los contenidos del plan con el Cuerpo Colegiado, la Comisión de Participación Social y el Consejo Municipal.

La revisión del PISA debe realizarse de acuerdo al principio de no regresión, implícito en el principio de progresividad (art. 4º ley 25.675).

4) Contar con instrumentos ordenadores de la política y la gestión ambiental de la cuenca.

- Mapa de riesgo: publicar la ubicación geográfica de las amenazas ambientales, sus áreas de influencia, y las condiciones de vulnerabilidad de la población y los ecosistemas, de modo de identificar, localizar, cuantificar y calificar el riesgo ambiental existente.

- Sub-cuencas: tomar a las 14 principales como unidades de gestión, con intervención permanente de los Municipios comprendidos en ellas y las organizaciones y referentes locales.

- Dictar Reglamentos ACUMAR en materia de Calidad del agua superficial, Calidad del agua subterránea, Calidad del aire, Pasivos ambientales, Cargas contaminantes (efluentes líquidos, emisiones gaseosas y disposición de residuos) y Ordenamiento Ambiental del Territorio, acordes al objetivo de recomposición ambiental.

- Determinar las obras de infraestructura prioritarias para atender las situaciones de elevado riesgo ambiental, e implementar mecanismos de monitoreo permanente sobre su ejecución.

5) Cumplir lo ordenado por la CSJN el 19/12/2012 (Considerando 6to.)

- Agenda de ejecución.

- Certificados de avance basados en parámetros objetivos.

- Audiencias semestrales para el control de metas intermedias.

- Calendario.

 

b) Regulación y control de las fuentes de contaminación

El Plan debe prever actividades para regular y controlar las actividades productivas a efectos de minimizar las cargas contaminantes que se emiten, disponen y vierten en la cuenca. A ese fin, es preciso implementar una política integral, con metas progresivas para la reducción de las cargas contaminantes, de acuerdo a las condiciones ambientales de la cuenca, con incentivos para la gestión ambiental y un procedimiento eficaz de evaluación, habilitación, control y sanción. La respuesta al problema no se limita a la transferencia de tecnologías y ejecución de obras de infraestructura, sino que requiere un esfuerzo de gestión sobre las principales variables de incidencia.

1) En materia de control de los establecimientos industriales, agropecuarios y de servicios es preciso regular el volumen de contaminantes que se descargan (efluentes líquidos, emisiones gaseosas, residuos peligrosos).

- ACUMAR debe dictar reglamentaciones específicas sobre cargas contaminantes, así como también intervenir en la evaluación de impacto ambiental y habilitación de establecimientos de riesgo ambiental.

- También debe actuar en la resolución de los problemas derivados de la localización de industrias peligrosas en zonas residenciales, y en la planificación de nuevos parques industriales.

- A la vez es necesario que implemente evaluaciones ambientales estratégicas respecto de proyectos industriales emblemáticos, como el Polo Petroquímico Dock Sud y ACUBA.

- El análisis debe abarcar el perfil industrial del Área Metropolitana de Buenos Aires e involucrar a las cámaras empresarias e industriales, junto con las organizaciones de la sociedad civil y entidades académicas.

2) En materia de residuos es preciso reglamentar el servicio público a efectos de implementar una gestión integral (GIRSU), a la vez que recomponer los pasivos ambientales provocados por basurales.

- ACUMAR debe coordinar acciones tendientes a superar el actual paradigma, basado en la recolección y enterramiento indiscriminado, y asegurar un servicio público que logre resultados significativos en cuanto a la reducción de la generación de residuos, separación en origen y recolección diferenciada

- Asimismo debe inventariar, controlar e impulsar las tareas para recomponer los pasivos ambientales provocados por basurales, contemplando medidas para prevenir su regeneración.

- El análisis debe abarcar la situación de colapso de los rellenos sanitarios operados por el CEAMSE y el alcance limitado de la recolección actual.

3) En materia de saneamiento cloacal es preciso llevar a cabo obras de infraestructura que permitan a la población acceder al servicio bajo condiciones que eviten impactos ambientales negativos.

- ACUMAR, en coordinación con otros organismos (ERAS, APLA, etc.) debe regular y controlar la actividad de las empresas concesionarias (AySA, ABSA y otros “desvinculados”), por ser ellos grandes usuarios del río y aportar cargas contaminantes.

 

c) Acceso a bienes y servicios que inciden en el desarrollo humano

El Plan debe prever actividades para reducir la exposición a elevados niveles de riesgo ambiental que evidencian sectores vulnerables de la población de la cuenca. A esos fines, es preciso revertir las desigualdades que se verifican en el territorio, aportando una perspectiva ambiental a los problemas sociales.

1) En materia de acceso al agua potable y saneamiento cloacal, siendo el mismo un derecho humano esencial, es necesario alcanzar una cobertura universal de los servicios.

- ACUMAR debe revisar los planes directores de las empresas concesionarias para garantizar que las redes se extiendan en primer lugar hacia los sectores más vulnerables, los cuales fueron muchas veces excluidos.

- Asimismo, debe coordinar y controlar las tareas para garantizar el acceso al agua segura, mientras se ejecutan las obras de infraestructura.

2) En materia de soluciones habitacionales es preciso minimizar el riesgo ambiental al cual se encuentran expuestas numerosas viviendas de la cuenca.

- ACUMAR debe identificar aquellos asentamientos, villas de emergencia y barrios en situación de riesgo ambiental, establecer criterios para su abordaje y planificar respuestas (transitorias y finales) adecuadas, en el marco de un proceso informado y participativo.

- Es prioritario contar con protocolos para la realización de mesas de trabajo, indicadores para garantizar la adecuación de los inmuebles que se entregan y poner a disposición de los afectados remedios administrativos y legales para atravesar los complejos procesos de relocalización.

- ACUMAR debe garantizar que los predios de destino de las familias a relocalizar resulten ambientalmente aptos y coordinar actividades con otros organismos para favorecer la integración socio urbana (incluyendo la regularización dominial), en paralelo a la ejecución de una política que facilite el acceso a un hábitat digno.

3) En materia de salud ambiental es preciso intervenir sobre los factores ambientales que impactan en la salud de la población.

- ACUMAR debe monitorear la exposición de la población a las amenazas ambientales, identificando a los grupos que podrían encontrarse afectados y adoptando medidas de prevención.

- Asimismo, debe llevar registro de las patologías producidas por la contaminación del aire, suelo y agua, e identificar a las personas afectada. Ante la ocurrencia de las mismas, debe contar con protocolos que permitan la detección de la fuente de contaminación que produce el problema, como medida preventiva hacia el resto de la población, y articular con los organismos competentes a fin de garantizar la adecuada atención de las personas afectadas.

- Simultáneamente debe intervenir en la capacitación de los efectores de salud de la cuenca a fin de garantizar la detección del origen ambiental de las patologías vinculadas a la contaminación al momento del diagnóstico y la atención.

 

MEDIDAS URGENTES

El proceso de elaboración de la nueva planificación no debe impedir la realización de medidas urgentes para atender algunas de las cuestiones señaladas. En la ACUMAR existen sobrados antecedentes para ejecutar, en lo inmediato, acciones respecto de los temas que seguidamente se exponen.

1) Presentar un plan de trabajo para la elaboración del Plan de Recomposición Ambiental de la cuenca Matanza Riachuelo, que establezca un cronograma de actividades y contemple instancias de participación social.

2) Elaborar un informe circunstanciado sobre el estado de situación de la ACUMAR y cada una de las líneas de acción contempladas en el PISA.

- Entre otras cuestiones, el mismo debe indicar el estado presupuestario del organismo, los convenios suscriptos y sus resultados, el estado de los planes de reconversión industrial, los sitios con disposición irregular de residuos, el porcentaje de avance de las obras de infraestructura, identificar las soluciones habitacionales ejecutadas y en ejecución, y el diagnóstico de salud ambiental de la cuenca.

3) Convocar a una audiencia pública con el objeto de presentar el plan de trabajo y el informe antes señalados.

4) Publicar el mapa de riesgo de la cuenca, inventariar los pasivos ambientales e implementar un estudio integral de riesgo en el Polo Petroquímico de Dock Sud.

5) Establecer a las 14 principales subcuencas como unidades de gestión mediante Resolución ACUMAR.

6) Publicar un inventario de diferencias entre los usos legales y los usos reales del suelo dentro de la cuenca.

7) Modificar las Resoluciones ACUMAR Nº 1/2007, 3/2009 y 366/2010 a fin de establecer un sistema de control de industrias y demás establecimientos en base a sus cargas contaminantes y nivel de complejidad ambiental.

8) Implementar un plan de control permanente para los establecimientos de mayor riesgo, que incluya un  monitoreo continuo, esquema de inspecciones periódicas y las adecuaciones necesarias.

9) Generar un sistema unificado para la habilitación de industrias en el ámbito de la cuenca, principalmente aquellas con más alto índice de complejidad ambiental y las situadas en zonas de riesgo.

10) Implementar un plan para la erradicación de basurales ilegales en la cuenca, estableciendo las responsabilidades que corresponden a cada uno de los municipios en los cuales se encuentran situados, como así también la remediación de los pasivos ambientales existentes.

11) Dictar regulaciones para implementar políticas de disminución de la generación de residuos, disposición inicial selectiva y recolección domiciliaria diferenciada en toda la cuenca.

12) Presentar un plan para el cierre y recomposición de los basurales municipales de los partidos de Cañuelas, Marcos Paz, Gral. Las Heras y San Vicente.

13) Identificar los barrios informales en riesgo ambiental, sancionar un protocolo para el acceso a la información, participación y sistema judicial en los procesos de relocalización y establecer indicadores de adecuación de las soluciones habitacionales.

14) Identificar problemas en las soluciones habitacionales en ejecución y los procesos de relocalización pendientes, para articular con los organismos competentes las medidas correctivas que resulten necesarias.

15) Sancionar un protocolo para la entrega de agua segura en barrios expuestos a riesgo ambiental que carecen de acceso a las redes de agua potable.

16) Ejecutar las obras de infraestructura sanitaria en los plazos comprometidos.

17) Implementar un plan de alerta temprana y medidas de contingencia ante inundaciones.

18) Identificar las patologías vinculadas a los contaminantes presentes en la cuenca.

19) Implementar un protocolo de alertas (a cargo de los efectores de salud) y actuación de las diferentes áreas de la ACUMAR ante la detección de casos de patologías vinculadas a la contaminación.

20) Convocar de manera inmediata a la Comisión de Participación Social de la ACUMAR que establece el artículo 4 de la Ley Nº 26.168.

 


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